Boletín de Prensa Número: 022-2021

Sanciona IETAM a un ciudadano por caso de violencia política en razón de género

3/3/2021


La tarde del miércoles 3 de marzo de 2021, el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas celebró su décima sesión, de tipo extraordinaria, en la cual aprobó por unanimidad de votos de las consejeras y los consejeros electorales, un Acuerdo mediante el cual se da respuesta a la consulta formulada por un regidor del municipio de Ciudad Madero. 


Asimismo, el Órgano Superior de Dirección conoció de la resolución que recae al expediente PSE-03/2021 sobre la denuncia interpuesta por el Representante propietario del Partido Acción Nacional ante el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en Tamaulipas, en contra del C. Alejandro Mares Berrones, por hechos que considera constitutivos de la infracción consistente en violencia política contra las mujeres en razón de género, en perjuicio de la C. Gloria Ivett Bermea Vázquez.


La Consejera Presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación Nohemí Argüello Sosa, en sus intervenciones señaló que dicha denuncia fue atendida a partir de una vista ordenada por el Instituto Nacional Electoral y,  previo análisis exhaustivo de las 19 ligas electrónicas materia de la denuncia, se tuvieron por acreditadas las conductas que afectan a la victima y que constituyen violencia política contra la mujer en razón de género, conforme a los parametros definidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación contenidos en la Jurisprudencia 21/2018 . 


La Consejera Electoral destacó que “…llama la atención que la persona que es denunciada siente que es injusto porque no ha hecho nada indebido, no viendo que esta violentando el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres y más aún de aquellas personas que se unen en solidaridad pensando que es una injusticia, pensando que esto se trata de un acto en contra de la libertad de expresión y no es así, pues dicho tipo de prácticas no estan amparadas por el derecho a la libertad de expresión…”. 


Por su parte, la Consejera Electoral María de los Ángeles Quintero Rentería  en su intervención manifestó que el presente Proceso Electoral pasará a la historia, además de organizarse en un contexto de pandemia, también como el inicio de la erradicación de la violencia política contra las mujeres de manera más formal y con un marco jurídico establecido con acciones contundentes de las autoridades electorales, invitando a las y los integrantes del Pleno a reflexionar en dicho tema y poner empeño en las acciones para erradicar dicho flajelo para la sociedad. 


En su intervención, el Consejero Presidente Juan José G. Ramos Charre calificó como “…un hito en la vida democrática de la sociedad tamaulipeca, y en el ejercicio político electoral del derecho a las mujeres  a una vida libre de violencia y de no discriminación…” que el Instituto Electoral de Tamaulipas apruebe una resolución en la que por primera vez,  es sancionado un ciudadano  por caso de violencia política en razón de género. 


De igual manera, con pleno respeto al quehacer periodístico el Consejero Presidente destacó que “…si bien la libertad de expresión en materia política tiene un estándar reforzado de protección en tanto detona el debate político y el intercambio de ideas, no es posible considerarlo como un derecho superior sobre la posibilidad de que en su ejercicio se vulnere, a través de mensajes estereotipados, el derecho de las mujeres  a una vida libre de violencia…”.


Durante el desarrollo de la sesión, el Secretario Ejecutivo dio lectura a los puntos resolutivos destacándose: a) la existencia de la infracción atribuida al C. Alejandro Mares Berrones consistente en violencia política contra las mujeres en razón de género, por lo que se le impuso una sanción consistente en amonestación pública, la cual podría aumentar en caso de reincidencia; b) se ordenó al C. Alejandro Mares Berrones, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a que le sea notificada la resolución, ofrecer una disculpa pública a la victima, a través del mismo medio electrónico y por la temporalidad que transcurrió de la primera publicación a la fecha; c) se ordenó al infractor el retiro inmediato de las publicaciones materia de la resolución; d) se ordenaron medidas de reparación integral consistentes en: 1. Medidas de restitución, 2. Medidas de satisfacción, consistente en la disculpa pública, 3. Medidas de no repetición, consistentes en cursar al menos dos cursos sobre: género, masculinidades y lenguaje incluyente y no sexista; curso de Derechos Humanos y género; y, Autonomía y Derechos Humanos de las Mujeres, los cuales se encuentran disponibles para la ciudadanía en la oferta permanente de capacitación que ofrece la Comisión Nacional de Derechos Humanos.


En el punto resolutivo e) se informó al C. Alejandro Mares Berrones que, en caso de desacato, se le podría imponer alguno de los medios de apremio o correcciones disciplinarias previstas en el artículo 32 de la Ley de Medios, o en su caso, iniciarse un nuevo procedimiento sancionador en su contra; y, f) una vez que cause ejecutoria la resolución se inscribirá al C. Alejandro Mares Berrones al Registro de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género en Tamaulipas, en la temporalidad y términos previstos en el artículo 10 de los Lineamientos. 


Dichos puntos resolutivos fueron perfeccionados por el Colegiado a partir de las intervenciones de las Consejeras Electorales Nohemi Arguello Sosa y Deborah González Díaz, cuyas propuestas motivaron una votación en lo particular respaldada unanimente por las Consejeras y los Consejeros Electorales.


Es importante señalar que los documentos aprobados, tanto del Acuerdo como la Resolución, se pueden consultar en la página electrónica del Instituto www.ietam.org.mx 


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