Boletín de Prensa Número: 061-2022

Realiza Consejo General del IETAM sesión extraordinaria a fin de aprobar cinco acuerdos y dos resoluciones en el marco del Proceso Electoral Ordinario 2021-2022

5/14/2022


La tarde de este sábado 14 de mayo, el Consejo General del IETAM celebró su sesión número 27 extraordinaria, en la cual aprobó, por unanimidad de votos, siete asuntos diversos.


Como primer punto, en el contexto de la pandemia ocasionada por el virus SARS COV2, se aprobó el Acuerdo mediante el cual se emite el Protocolo sanitario para el desarrollo de la sesión de cómputos distritales y de Entidad Federativa para la elección a la Gubernatura.


Asimismo, el pleno del Consejo General conoció y aprobó el procedimiento de verificación de las medidas de seguridad de las boletas, documentación electoral y líquido indeleble a emplearse en la Jornada Electoral del próximo 5 de junio. En este punto, la Consejera Electoral Italia Aracely García López, quien preside la Comisión de Organización Electoral, resaltó la importancia de la verificación, señalando que las boletas contienen 6 medidas de seguridad como son: fibras de colores que se encuentran dentro del papel; marca de agua; datos de identificación que comprende la entidad federativa, distrito, municipio, leyenda de Proceso Electoral Local 2021-2022; además el emblema del IETAM y número de folio consecutivo; micro textos; caracteres invertidos, entre otras.


La Consejera García López, señaló que existe un elemento de seguridad adicional, pero este se entregará en sobre cerrado, mismo que se encontrará bajo secrecía por la seguridad que implica su uso.


Por su parte, el Consejero Presidente Juan José G. Ramos Charre resaltó que como pocas naciones en el mundo, en cumplimiento al Reglamento de Elecciones, la producción de la documentación electoral, particularmente boletas y actas, se realiza con materias primas que permiten su reciclaje, empero, también mediante la utilización de mecanismos de seguridad que las hacen infalsificables, como es el caso del uso del papel seguridad. Puntualizó que, con la aprobación del Acuerdo, el Consejo General establece el procedimiento para que los consejos distritales, en el ámbito de su competencia, puedan llevar a cabo en dos momentos clave la verificación de las medidas de seguridad de las boletas electorales y de la documentación, así como las características del líquido indeleble a utilizarse el 5 de junio del 2022. Enfatizó que, a largo del proceso electoral se han implementado las acciones necesarias, con arreglo a la ley, para dotar de certeza y confianza a los actores políticos, pero fundamentalmente a la ciudadanía.


Otro de los acuerdos aprobados por el Consejo General es el relativo a la respuesta al escrito presentado por Oscar Alberto Lara Sosa, en su calidad de representante propietario del Partido Verde Ecologista de México ante el Consejo General.


En otro asunto, en ejercicio de sus atribuciones, el Consejo General aprobó a los órganos desconcentrados encargados de la distribución de la documentación y formas aprobadas, así comom los útiles necesarios para el funcionamiento de las casillas, así como el programa de distribución de los paquetes electorales a las presidencias de mesas directivas de casilla.


A partir de la distribución y arribo de la documentación electoral, iniciarán las actividades en cada uno de los 22 consejos distritales para contar, sellar y agrupar las boletas electorales, además de integrar cada uno de los 4,777 paquetes electorales, por tal motivo, el Consejo General aprobó el Manual para el Conteo, Sellado, Agrupamiento de las Boletas e integración de los documentos y material electorales en los consejos distritales electorales.


En lo que respecta a las dos resoluciones presentadas, sobre el Procedimiento Sancionador Especial identificado con la clave PSE-63/2022, instaurado con motivo de la denuncia interpuesta por el partido político morena en contra del C. César Augusto Verástegui Ostos, en su carácter de candidato de la coalición “Va por Tamaulipas” al cargo de Gobernador del Estado de Tamaulipas, por la supuesta difusión de propaganda electoral que contraviene el principio del interés superior de la niñez; así como en contra de los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, por culpa in vigilando, éste fue resuelto como inexistente.


Finalmente, sobre el expediente identificado con la clave PSE-64/2022, instaurado con motivo de la denuncia interpuesta por el Partido Acción Nacional en contra de la C. Úrsula Patricia Salazar Mojica y del C. Américo Villarreal Anaya, este último candidato a la Gubernatura de Tamaulipas de la Candidatura Común “Juntos Hacemos Historia en Tamaulipas”; así como del partido político morena, por la supuesta comisión de la infracción consistente en actos anticipados de campaña, éste fue resuelto como inexistente.


El IETAM hace del conocimiento de la ciudadanía el presente comunicado con fines de divulgación; no obstante, los acuerdos y resoluciones aprobadas por el órgano colegiado, corresponden a la única versión oficial, pudiendo consultarse dichos documentos en el siguiente enlace:


Acuerdos: https://www.ietam.org.mx/PortalN/Paginas/Sesiones/Documentos.aspx?anio=2022&idTdoc=2


Resoluciones: https://www.ietam.org.mx/PortalN/Paginas/Sesiones/Documentos.aspx?anio=2022&idTdoc=4


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